Comprender las leyes de pensión alimenticia, o manutención de menores, puede ser un desafío, pero con los detalles adecuados podrá actuar correctamente. Este artículo le ofrece una guía sobre las pensiones alimenticias en Puerto Rico, desde su definición hasta el proceso para solicitarlas.
¿Qué es las pensiones alimenticias en Puerto Rico?
La pensión alimenticia en Puerto Rico es un derecho de los menores de edad que garantiza su bienestar y desarrollo. Se refiere a la obligación legal que tiene un progenitor de proveer apoyo económico a su hijo, cubriendo necesidades básicas como alimentación, vivienda, educación, salud y vestimenta. Esta responsabilidad se extiende hasta que el hijo alcanza la mayoría de edad o hasta los 25 años si continúa con sus estudios postsecundarios.
El Tribunal de Puerto Rico regula y establece los montos de la pensión alimenticia a través de la Administración para el Sustento de Menores (ASUME), la entidad encargada de garantizar el cumplimiento de estas obligaciones. La pensión se fija considerando las necesidades del menor y la capacidad económica del padre o madre obligado a pagarla.
Diferencia de una pensión alimenticia en Puerto Rico y Estados Unidos
Si bien tanto Puerto Rico como los Estados Unidos comparten un sistema legal influenciado por el derecho anglosajón, existen diferencias en las leyes de pensión alimenticia. Estas diferencias pueden deberse a factores culturales, económicos y demográficos específicos de cada jurisdicción. Algunas de las diferencias más destacadas incluyen:
Cálculo de la pensión
En Puerto Rico, el cálculo de la pensión alimenticia se basa en unas guías mandatorias que consideran los ingresos de ambos padres y las necesidades del menor. Si bien Estados Unidos también tiene guías, estas varían según el estado y pueden ser más flexibles en la consideración de factores individuales.
Duración de la obligación
En Puerto Rico, la obligación de pagar la pensión alimenticia generalmente termina cuando el hijo cumple 21 años, se casa o se independiza económicamente. En Estados Unidos, la duración varía según el estado, pero generalmente se extiende hasta que el hijo cumple 18 años o se gradúa de la escuela secundaria.
Agencia encargada
En Puerto Rico, la Administración de Sustento de Menores (ASUME) es la agencia gubernamental encargada de administrar los casos de pensión alimenticia. En Estados Unidos, cada estado tiene su propia agencia de manutención de menores, lo que puede generar diferencias en los procedimientos y requisitos.
¿Quién puede solicitar una pensión alimenticia en Puerto Rico?
Las pensiones alimenticias en Puerto Rico puede ser solicitadas por cualquier persona que tenga la custodia de un menor y que necesite apoyo económico del otro progenitor. Entre las personas que pueden presentar la solicitud se incluyen:
- El progenitor custodio: La madre o el padre que tenga la custodia principal del menor tiene el derecho de solicitar la pensión para cubrir sus necesidades.
- El menor de edad: Si el menor tiene la capacidad legal para hacerlo, puede presentar la solicitud por sí mismo, especialmente si enfrenta un incumplimiento por parte de sus padres.
- Un tutor legal o familiar: En casos donde el menor esté bajo la custodia de otro familiar, como un abuelo o tío, dicha persona puede solicitar la pensión en su representación.
- El Estado: Si el menor recibe asistencia pública, ASUME o el gobierno pueden intervenir para garantizar que el progenitor cumpla con su obligación de sustento.
Cálculo de la pensión alimenticia en Puerto Rico
El cálculo de la pensión alimenticia en Puerto Rico se basa en las «Guías Mandatorias para Determinar y Modificar Pensiones Alimenticias». Estas guías establecen un porcentaje de los ingresos netos del padre no custodio que debe destinarse a la manutención del menor, considerando la edad del niño y el número de hijos.
Para facilitar el proceso, ASUME provee calculadoras y tablas de referencia que ayudan a determinar el monto adecuado según las circunstancias específicas de cada caso.
Solicitar pensiones alimenticias en Puerto Rico
El proceso para solicitar una pensión alimenticia requiere seguir una serie de pasos legales. Para garantizar el cumplimiento y una resolución efectiva, se recomienda seguir estos pasos:
Reunir la documentación necesaria
- Identificación del solicitante y del menor.
- Pruebas de ingresos de ambos progenitores.
- Documentos relacionados con los gastos del menor (facturas de escuela, atención médica, entre otros).
Presentar la solicitud en ASUME:
- La solicitud puede presentarse en una oficina de ASUME o a través de su plataforma en línea.
- Se recomienda completar los formularios con la información precisa para evitar retrasos en el proceso.
Participar en la audiencia de mediación:
- ASUME puede citar a ambas partes a una audiencia de mediación para intentar llegar a un acuerdo sin necesidad de juicio.
- Si se llega a un acuerdo, se formaliza el monto de la pensión.
Ir a un tribunal en caso de desacuerdo:
- Si no hay acuerdo, el caso puede ser llevado ante un juez, quien determinará el monto con base en las Guías Mandatorias.
Cumplimiento y revisión de la pensión:
- La pensión puede revisarse periódicamente si las circunstancias económicas de alguna de las partes cambian.
- En caso de incumplimiento, ASUME puede aplicar sanciones legales para garantizar el pago.
La pensión alimenticia es un derecho de los menores, y su cumplimiento garantiza su bienestar y desarrollo. Seguir el proceso adecuado es necesario para asegurar que el menor reciba el apoyo económico que le corresponde.